La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) confirmó la condena de 30 años de prisión impuesta a Raúl Ernesto Lovera Cañizales, quien fue declarado culpable del asesinato de su pareja, Greicy Carolina Bracho Lugo (40). Greicy, quien se desempeñaba como administradora, había tenido dos hijos con Lovera tras varios años de relación.
La decisión quedó registrada en la sentencia N.º 41, publicada el 12 de febrero y firmada por los magistrados Maikel Moreno (ponente), Carmen Marisela Castro y Elsa Gómez.
Los hechos ocurrieron el 17 de enero de 2020 en la urbanización Tierra del Sol del municipio San Joaquín, estado Carabobo, cuando Greicy y Lovera asistían a un compartir familiar.
Tras finalizar el encuentro, la pareja salió en el vehículo de Lovera para llevar a una amiga, pero en el trayecto se generó una discusión. Inicialmente, Lovera aseguró ante las autoridades que Greicy había pedido descender del vehículo para continuar a pie, pero esa versión fue descartada durante la investigación.
Las indagaciones determinaron que Lovera propinó una fuerte golpiza a Greicy, que incluyó patadas, y posteriormente la dejó en un terreno baldío donde falleció.
Vecinos hallaron el cuerpo al día siguiente en un terreno adyacente a la urbanización La Pradera, en San Joaquín.
Confirman pena máxima para femicida de San Joaquín
Funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc) acudieron al lugar y, tras entrevistar a Lovera —quien insistió en no tener relación con el homicidio— observaron contradicciones en su relato.
Durante una inspección técnico-criminalística se detectaron arañazos en diversas partes de su cuerpo, y las huellas en sus zapatos coincidieron con marcas encontradas en el cadáver de Greicy a nivel escapular derecha, según la sentencia.
El juicio se desarrolló entre septiembre de 2021 y octubre de 2023, cuando un tribunal lo declaró culpable del delito de femicidio agravado y le impuso la pena máxima de 30 años de prisión.
Esta condena fue previamente ratificada el 10 de febrero de 2025 por la Corte de Apelaciones con Competencia en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer de Carabobo.
Los abogados defensores de Lovera presentaron un recurso de casación ante la Sala Penal del TSJ, pero los magistrados lo declararon inadmisible por haber sido consignado fuera del plazo legal establecido.
Según la Sala, el recurso debía ser interpuesto antes del 7 de abril de 2025, pero fue consignado el 11 de ese mes, superando así los 15 días previstos por el Código Orgánico Procesal Penal.
Los magistrados recordaron que, para que un recurso de casación sea conocido, se exige que quien lo interpone esté legitimado por la ley, que lo haga dentro del lapso legal, que la decisión impugnada sea susceptible de casación y que el recurso esté debidamente fundamentado.
Fuente: Últimas Noticias
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